Productos libres de aranceles en México

En mayo del 2022, el Gobierno de México publicó un decreto que exenta en aranceles de importación a diversos productos, entre ellos, varios productos que se encuentran en la canasta básica.

Esto, como medida del Paquete contra la Inflación y la Carestía (PACIC) para luchar contra los efectos de la inflación y alza de precios.

El 27 de diciembre de 2023, se hizo una modificación importante que afecta los productos de la canasta básica. Esta actualización extiende el tiempo en el que ciertos productos no tendrán que pagar aranceles al importarse, y se aplicarán facilidades administrativas hasta el 31 de diciembre de 2024. La nueva regla entró en vigor desde el 28 de diciembre de 2023.

Además, las empresas Importadoras de productos de la canasta básica registradas en el “Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica”, que han firmado un contrato para comprar productos entre el 20 de octubre de 2022 y el 31 de diciembre de 2024, podrán beneficiarse de estas reglas hasta el 31 de marzo de 2025. 

La condición es que presentes tus contratos antes del 10 de enero de 2025 ante el Servicio de Administración Tributaria.

Productos de la canasta básica que están libres de impuestos

  • Carne de cerdo: Carne fresca, refrigerada o congelada de animales de la especie porcina
  • Sardinas: Pescado fresco o refrigerado, excluyendo filetes y otras partes de pescado
  • Atún: Filetes y otras partes de pescado, frescos, refrigerados o congelados
  • Leche: Leche y nata (crema), sin concentrar y sin añadir azúcar ni otros edulcorantes
  • Leche en polvo: Leche y nata (crema), concentradas o con añadido de azúcar u otros edulcorantes
  • Huevos de ave con cáscara, frescos, conservados o cocidos
  • Huevos frescos
  • Maíz blanco o harinero
  • Arroz
  • Harina de trigo
  • Harina de cereales, excluyendo la de trigo 
  • Pastas alimenticias, ya sean cocidas, rellenas (con carne u otras sustancias) o preparadas de otras formas, como espaguetis, fideos, macarrones, tallarines, lasañas, ñoquis, ravioles, canelones; cuscús, incluso cuando está preparado
  • Productos de panadería, pastelería o galletería, incluso con adición de cacao
  • Pan tostado y productos similares tostados. Pan de caja y pan dulce
  • Tomates preparados o conservados
  • Jabón: productos y preparaciones orgánicos tensoactivos utilizados como jabón, en barras, panes, trozos o piezas troqueladas o moldeadas, incluso si contienen jabón; productos y preparaciones orgánicos tensoactivos para el lavado de la piel, líquidos o en crema, acondicionados para la venta al por menor, aunque contengan jabón; papel, guata, fieltro y tela sin tejer, impregnados, recubiertos o revestidos de jabón o detergentes.
  • Jabón de lavandería, jabón de tocador y detergente en polvo
  • La lista de productos exentos de gravamen de importación también incluye el cuadro básico de frutas y verduras.
  • En esta categoría, los productos libres de aranceles son: papas, tomates, cebollas, zanahorias, naranjas, limones, limas, manzanas, peras.

¿Qué otros productos están exentos de IVA?

No se pagan los impuestos al comercio exterior por la entrada al territorio nacional o la salida del mismo de las siguientes mercancías:

  • Libros, revistas y periódicos.
  • Venta de animales y vegetales no industrializados.
  • Medicinas de patente.
  • Joyería, oro, orfebrería, piezas ornamentales y artísticas.
  • Invernaderos para cultivos.
  • Alimentos procesados para mascotas.
  • Chicles.
  • Saborizantes, microencapsulados y aditivos alimentarios.
  • Productos destinados a la alimentación, excepto por jugos y néctares.
  • Venta de hielo y agua no gaseosa ni compuesta, en envases menores de 10 litros.
  • Tractores para implementos agrícolas.
  • Caviar, salmón ahumado y angulas.
  • Fertilizante.
  • Ixtle, lechuguilla y palma.
  • Herbicidas, plaguicidas y fungicidas destinados a la agricultura o ganadería.

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